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Invalida Suprema Corte renovación de Instituto Electoral de Jalisco
Fuente: W Radio

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10/06/2008 -

México, octubre 06, 2008.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el procedimiento de renovación del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, y declaró inconstitucionales las reformas en la materia hechas a la Constitución del estado.

Como parte de las reformas efectuadas por el Congreso de Jalisco se determinó una nueva integración del instituto, lo cual derivó en la destitución de tres consejeros; sin embargo, la Corte resolvió que este procedimiento viola la Carta Magna, pues existe retroactividad en la aplicación de la ley.

Esas reformas provocaron una fuerte polémica en la política de la entidad, debido a que los consejeros destituidos por votación del Poder Legislativo recibieron por concepto de "indemnización" los sueldos que dejarían de percibir al no haber concluido su periodo para el que fueron electos en mayo de 2005.

De igual manera fue criticada la "indemnización" que recibió uno de los ex consejeros que presentó su renuncia antes de la reforma a la Constitución local, que preveía dichos pagos en su Artículo 3 Transitorio, el cual fue invalidado hoy por el alto tribunal.

Los ministros puntualizaron en la resolución que la Constitución de Jalisco, al pretender modificar la duración del nombramiento de los actuales consejeros designados por cinco años, transgrede la Carta Magna, pues no puede haber retroactividad en la aplicación de una ley.

De esta forma, resolvieron tres acciones de inconstitucionalidad que promovieron los partidos Convergencia, del Trabajo y Alternativa Socialdemócrata, que impugnaron las mencionadas reformas a la Constitución de la entidad realizadas por el Congreso de Jalisco.

En el mismo caso, los ministros declararon válidos los artículos referentes a la creación de la contraloría interna del Instituto Electoral de la entidad, así como la designación de su titular y del consejero presidente, de parte del Congreso estatal.

También validó las reformas sobre los requisitos para mantener o perder la acreditación de los partidos políticos nacionales para participar en la contienda electoral local, las que regulan el derecho a recibir financiamiento público.

De igual manera, el máximo tribunal del país avaló el aumento del porcentaje necesario para la asignación de diputados de representación proporcional y el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación.

Con información de Notimex


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